Infracción G28
En vehículos de las categorías M y N, no llevar puesto el cinturón de seguridad y/o permitir que los ocupantes del vehículo no lo utilicen, en los casos en que, de acuerdo a las normas vigentes, exista tal obligación. En vehículos automotores de la categoría L5 no contar con cinturones de seguridad para los asientos de los pasajeros o no tener uno o más soportes fijados a su estructura que permitan a los pasajeros asirse de ellos mientras son transportados
Multa Pecuniaria
S/ 440.00
Calculado sobre UIT 2026 (S/ 5,500)Puntos al Récord MTC
25 punto(s)
Acumulables en 24 meses hacia los 100Pronto Pago en SAT
S/ 74.80
Sujeto a días hábiles y exclusionesSanción y Medida Preventiva
Sanción reglamentaria: Multa
Medida preventiva: No consignada en la tabla informativa del SAT.
Responsabilidad solidaria: Propietario
Fuente normativa: Tabla vigente del SAT (abre otra pestaña), contrastada el 25-10-2026. Confirma el expediente, la entidad y el régimen aplicable antes de pagar o impugnar.