Infracción G31b
Circular en las vias publicas terrestres en donde se encuentre instalada la señal vertical informativa "ZONA DE NEBLINA" sin tener las luces intermitentes de emergencia encendidas cuando el vehiculo automotor tenga la obligacion de contar con ellas, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo III del RNV.
Multa Pecuniaria
S/ 440.00
Calculado sobre UIT 2026 (S/ 5,500)Puntos al Récord MTC
20 punto(s)
Acumulables en 24 meses hacia los 100Pronto Pago en SAT
S/ 74.80
Sujeto a días hábiles y exclusionesSanción y Medida Preventiva
Sanción reglamentaria: Multa
Medida preventiva: No consignada en la tabla informativa del SAT.
Fuente normativa: Tabla vigente del SAT (abre otra pestaña), contrastada el 25-10-2026. Confirma el expediente, la entidad y el régimen aplicable antes de pagar o impugnar.